Solución a la soledad: Voluntariado

A través del voluntariado, desde Seniors en Red favorecemos las relaciones personales e intergeneracionales con el objetivo de combatir la soledad de nuestros seniors mayores, para que sientan que no están solos, que siguen formando parte de sociedad. Y para ello, hemos creado los cauces para dirigir las actividades solidarias de las todas las personas mayores y jóvenes que quieren formar parte en grupos de voluntariado, mediante:

  • Voluntariado de acompañamiento a seniors mayores en residencias, domicilios, centros de días u hospitales, haciendo que se sientan integrados y valorados mediante la escucha activa, la conversación, realizando actividades de ocio como la lectura o la música, informándole de la sociedad o tomando un café en compañía…
  • Voluntariado de acompañamiento online con actividades de comunicación a través de las tecnologías de la información (Tablets y smartphones) y redes sociales.

¿Por qué ser Voluntario?

1) Aprender de la sociedad que te rodea

2) Mejora física y mental

3) Beneficias a tu sociedad

4) Desarrollas tus capacidades en la vida real

5) Convertirte en agente de cambio

6) Mejorar tu autoestima y solidaridad

7) Estableces vínculos con tu comunidad

Cuando haces voluntariado, conoces gente diferente y aprendes a aunar fuerza para conseguir un objetivo común. Desarrollarás la habilidad de trabajar en equipo, y lo más importante, acabarás haciendo buenos amigos.

¿Aún tienes dudas?

¡¡¡ ANÍMATE !!!

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DERECHOS DE LOS VOLUNTARIOS

DEBERES DE LOS VOLUNTARIOS

(Cfr. Artículo 10)

Los voluntarios tienen los siguientes derechos:

  • Recibir regularmente durante la prestación de su actividad, información, orientación y apoyo, así como los medios materiales necesarios para el ejercicio de las funciones que se les encomienden.
  • Recibir en todo momento, a cargo de la entidad de voluntariado, y adaptada a sus condiciones personales, la formación necesaria para el correcto desarrollo de las actividades que se les asignen.
  • Ser tratados en condiciones de igualdad, sin discriminación, respetando su libertad, identidad, dignidad, y los demás derechos fundamentales reconocidos en los convenios, tratados internacionales y en la Constitución.
  • Participar activamente en la organización en que se inserten, colaborando en la elaboración, diseño, ejecución y evaluación de los programas o proyectos, de acuerdo con sus estatutos o normas de aplicación y, en la medida que éstas lo permitan, en el gobierno y administración de la entidad de voluntariado.
  • Estar cubiertos, a cargo de la entidad de voluntariado, de los riesgos de accidente y enfermedad derivados directamente del ejercicio de la acción voluntaria y de responsabilidad civil en los casos en los que la legislación sectorial lo exija, a través de un seguro u otra garantía finaciera.
  • Ser reembolsados por la entidad de voluntariado de los gastos realizados en el desempeño de sus actividades, previa consulta y apro- bación de los mismos por la entidad.


  • Disponer de una acreditación identificativa de su condición de voluntario en la que conste, además, la entidad de voluntariado en la que
  • Realizar su actividad de acuerdo con el prin- cipio de accesibilidad universal adaptado a la actividad que desarrollen.
  • Obtener reconocimiento de la entidad de voluntariado, por el valor social de su contri- bución y por las competencias, aptitudes y destrezas adquiridas como consecuencia del ejercicio de su labor de voluntariado, siempre que se demuestre su compromiso de formación para dicho desempeño, concretamente en su adhesión al Plan de Certificación Talante Solidario diseñado por FADE para esta medición.
  • Que sus datos de carácter personal sean tratados y protegidos de acuerdo con lo establecido en el RGPD Protección de Datos de Carácter Personal, (UE) 2016/679 de 27 de abril de 2016.
  • Cesar en la realización de sus actividades como voluntario, con un preaviso de quince días, con el fin de facilitar la organización, atención y suplencia del servicio.
  • A usar la vía de arbitraje para dirimir cualquier conflicto que así lo requiera.
Los voluntarios están obligados a:
  • Cumplir los compromisos adquiridos con la entidad, respetando los fines y estatutos de la misma y de acuerdo a las necesidades que re- quiera el servicio atendido, relacionado en el (Art.12.2).
  • Guardar la debida confidencialidad de la información recibida y conocida en el desarrollo de su acción.
  • Rechazar cualquier contraprestación material o económica que pudieran recibir, bien de las personas destinatarias de la acción voluntaria, bien de otras personas relacionadas con su acción.
  • Respetar los derechos de las personas destinatarias de la acción voluntaria en los términos previstos en el artículo 16 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, del voluntariado.
  • Actuar con la diligencia debida y de forma solidaria.
  • Participar en las tareas formativas previstas por la entidad para las actividades y funciones confiadas, así como en las que con carácter permanente se precisen para mantener la calidad de los servicios que se presten, con especial relevancia la formación en soft skills a través de la Plataforma Talante Solidario.
  • Seguir las instrucciones de la entidad que tengan relación con el desarrollo de las actividades encomendadas.


  • Utilizar debidamente la acreditación personal y los distintivos de la entidad de voluntariado.
  • Respetar y cuidar los recursos materiales que ponga a su disposición la entidad de voluntariado.
  • Cumplir las medidas de seguridad y salud exis- tentes en la entidad de voluntariado.
  • Observar las normas sobre protección y tra- tamiento de datos de carácter personal de acuerdo con lo establecido en el RGPD Pro- tección de Datos de Carácter Personal, (UE) 2016/679 de 27 de abril de 2016, y demás normativa de aplicación.
  • A usar la vía de arbitraje para dirimir cualquier conflicto que así lo requiera.
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DERECHOS DE LA ENTIDAD

DEBERES DE LA ENTIDAD

(Cfr. Art.14.1)

La entidad tiene los siguientes derechos:
  •  Seleccionar a los voluntarios, sin discriminación alguna por razón de sexo, identidad sexual, orientación sexual, nacionalidad, origen racial o étnico, religión, convicciones ideológicas o sindicales, discapacidad, edad, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, de acuerdo con los fines u objetivos de la entidad, la naturaleza y características del cometido a desarrollar y las normas establecidas en su estatuto de funcionamiento interno.
  • Suspender la actividad de los voluntarios cuando se vea perjudicada gravemente la calidad o los fines de los programas de la entidad por su causa, o infrinjan gravemente el acuerdo de incorporación.
  • Concurrir a las medidas de fomento de la acción voluntaria establecidas por las Administraciones públicas o entidades privadas y recibir las medidas de apoyo material y técnico, orientadas al adecuado desarrollo de sus actuaciones.
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  • Participar a través de las federaciones, confederaciones o uniones de entidades de entidades de voluntariado en el diseño y ejecución de las políticas públicas de la Administración General del Estado.
  • Cualesquiera otros derechos reconocidos por el resto del ordenamiento jurídico referidos a la acción voluntaria.
  • A usar la vía de arbitraje para dirimir cualquier conflicto que así lo requiera.
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(Cfr. Art.14.2)

Las entidades de voluntariado están obligadas a:

  • Elaborar sus propias normas de funcionamiento interno de acuerdo con la Ley y con la normativa que le sea de aplicación, atendiendo a principios democráticos, participativos y de transparencia.
  • Formalizar el acuerdo de incorporación con los voluntarios y cumplir los compromisos adquiridos.
  • Suscribir una póliza de seguro u otra garantía financiera, adecuada a las características y circunstancias de la actividad desarrollada por los voluntarios, que les cubra los riesgos de accidente y enfermedad derivados directamente de la actividad voluntaria.
  • Cubrir los gastos derivados de la prestación del servicio y, en su caso, reembolsar a los voluntarios, los gastos que les ocasione el desarrollo de su actividad, previa consulta del voluntario y aprobación de dichos gastos, así como dotarlas de los medios materiales necesarios para el cumplimiento de sus cometidos.
  • Establecer sistemas internos de información y orientación adecuados sobre los fines, el régimen de funcionamiento de la entidad, la realización de las tareas que sean encomendadas a los voluntarios y la delimitación de dichas tareas con las funciones propias de los profe- sionales de las entidades.
  • Proporcionar a los voluntarios, de manera regular y de acuerdo con sus condiciones per- sonales, la formación necesaria, tanto básica como específica, para el correcto desarrollo de sus actividades.
  • Facilitar la participación del voluntario en la elaboración, diseño, ejecución y evaluación de los programas en que intervengan y, en la me- dida que lo permita la normativa de aplicación, en los procesos de gestión y toma de decisiones de la entidad de voluntariado.



  • Efectuar el seguimiento y evaluación de las actividades programadas, garantizando la consecución de los objetivos previstos conforme a los principios de eficacia y rentabilidad social.
  • Facilitar a los voluntarios una acreditación que les habilite e identifique para el desarrollo de su actividad, donde conste la entidad de voluntariado en la que realiza la acción voluntaria.
  • Exigir el consentimiento o en su caso la autorización expresa y por escrito de los progenitores, tutores o representantes legales de los voluntarios menores de edad en las condiciones establecidas en el artículo 2 de la Ley.
  • Expedir a los voluntarios un certificado indicando la duración y las actividades efectuadas en los programas en los que ha participado.
  • Llevar un registro de acuerdos de incorporación y de altas y bajas de los voluntarios.
  • Cumplir con el RGPD Protección de Datos de Carácter Personal, (UE) 2016/679 de 27 de abril de 2016, y demás normativa de aplicación respecto al tratamiento y protección de datos de carácter personal de los voluntarios o de las personas destinatarias de las actividades de voluntario.
  • Observar las restantes obligaciones que se deriven de lo establecido en el ordenamiento jurídico de aplicación.
  • A usar la vía de arbitraje para dirimir cualquier conflicto que así lo requiera.

Sobre Nosotros

Seniors En Red, es una asociación que nace en Zaragoza como una entidad sin ánimo de lucro, pretende dar cauce a la solidaridad de los voluntarios, seniors activos, "millennials" y todos aquéllos que no quieren tener una etiqueta de edad con los seniors más mayores, para que continúen siendo parte relevante y activa de la sociedad.

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